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Tengo un Vecino Ruidoso, ¿Qué hago?
‪#‎vecinoruidoso ‪#‎convivirencomunidad

Casi el 70 % de los problemas que se viven en las comunidades de propietarios son provocados por el ruido. La convivencia a veces genera faltas de respeto entre los vecinos, fiestas hasta altas horas de la noche, el perro que ladra y no te deja dormir...etc. Vivir rodeado de ruidos y sonidos molestos que interrumpen tu descanso puede llegar a ser horrible. A continuación te dejamos unos consejos que te ayudarán sobre como actuar si tienes un vecino que perturba tu descanso.

• Habla con tu vecino.

Lo primero que debes intentar es llegar a un acuerdo hablando con él de forma cordial, ya que si lo primero que haces es acudir a la Policía, para denunciarlo, puede provocar su enfado, con consecuencias impredecibles para ti y el resto de vecinos.

• Comunícaselo al Presidente de tu comunidad

Si después de hablar con él, la situación no se soluciona. Puedes acudir al Presidente de tu comunidad, para que este hable con él. Y en el caso de que este vecino haga caso omiso del presidente y continúe con su ruidosa actividad, la comunidad podrá acudir a la policía dejando constancia así en el atestado policial la existencia de una actividad perturbadora, que podría constituir la violación de alguna normativa u ordenanza municipal, algo de suma importancia de cara a una futura demanda.

• Escrito del Presidente de la Comunidad.

Si esto tampoco funciona el Presidente deberá enviarle un escrito al infractor en nombre de la comunidad en el que se le solicita que cese la actividad que supone un molestia para el resto de los vecinos. Convocar una junta extraordinaria.

Si el vecino prosigue con los ruidos, la comunidad de propietarios, convocada en junta extraordinaria, podrá entablar contra él una acción de cesación, en base al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal relativo a actividades molestas. Para medir los niveles de ruido se deberá acudir a la normativa municipal existente. Una vez presentada la demanda, si el resultado de esta fuera estimatorio, podría significar para el vecino molesto la privación del derecho al uso de la vivienda por un tiempo no superior a tres años así como una indemnización de daños y prejuicios.

 

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